Tarjeta de movilidad reducida
La tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida es un documento personal e intransferible que puede ser utilizado por su titular en vehículos de su propiedad o en cualquier otro, siempre que sea empleado para transportarle, permitiéndole de este modo aparcar en las distintas zonas autorizadas expresamente por la Ordenanza Municipal y acceder a las Áreas de Prioridad Residencial (A.P.R.).
Su finalidad es facilitar los desplazamientos de aquellas personas que a causa de su discapacidad vean limitada su capacidad de movimiento, de manera que les dificulte o imposibilite la utilización de los medios de transporte público.
Si utilizas una tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida, es recomendable que la lleves siempre visible; por ejemplo, en el parabrisas o en el salpicadero del coche. De este modo, si tienes el vehículo estacionado en una de las plazas habilitadas, los agentes de movilidad podrán verificar fácilmente su autenticidad y así evitarás sanciones.
Desde 1998 la Unión Europea da una Recomendación (98/376/CE) a sus estados miembros el acceso a tarjetas de aparcamiento para discapacitados y personas con movilidad reducida para que puedan aparcar en zonas habitualmente restringidas.
Aunque la concesión de estas tarjetas depende de cada Ayuntamiento y Comunidad Autónoma, desde diciembre de 2014 existe un marco común que especifica dónde y cómo conseguir esta tarjeta, así como las obligaciones y derechos de sus beneficiarios.
REQUISITOS PARA OBTENER LA TARJETA DE MOVILIDAD REDUCIDA
La tarjeta de movilidad reducida se puede utilizar en toda España y la Unión Europea. Para poder acceder a ella, debes cumplir alguno de los siguientes requisitos:
- Tener reconocida una discapacidad igual o superior al 33% (acreditada en el Certificado de Discapacidad).
- Tener un baremo de movilidad reducida positivo (dificultad a la hora de poder usar el transporte público).
- Mostrar, en el mejor ojo, una agudeza visual igual o inferior a 0'1 (1/10 en la escala de Wecker) obtenida con la mejor corrección óptica posible, o un campo visual disminuido a 10 grados o menos. En caso de estar afiliado a la ONCE únicamente deberás presentar un documento del consejo general de la ONCE que acredite la afiliación.
- Ser una persona física o jurídica responsable del transporte colectivo de personas con discapacidad.
Estos requisitos serán evaluados por un centro de valoración. Los Equipos de Valoración y Orientación (EVO) se encargan de valorar el grado de discapacidad atendiendo a diferentes criterios para su posterior certificación oficial.
DERECHOS, BENEFICIOS Y OBLIGACIONES LEGALES
Los derechos, beneficios y obligaciones legales de la tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida fueron publicados oficialmente en el BOE el 23 de diciembre de 2014 y entraron en vigor en enero de 2015.
Éstos son algunos de los puntos más importantes:
- La regulación y expedición de la tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida es común en todo el territorio nacional, aunque dependerá del lugar donde se solicite, ya que en algunos casos la tramitación la realizan las Comunidades Autónomas y en otros los Ayuntamientos.
- El tiempo de validez de la tarjeta de movilidad depende de cada caso concreto, de la edad y de las características del beneficiario. La fecha de caducidad figurará en la tarjeta, tal y como sucede en el carnet de conducir.
- Podrás solicitar a tu Ayuntamiento la instalación de una plaza señalada para el aparcamiento de personas con movilidad reducida cerca de tu domicilio o lugar de trabajo. Esta plaza será para uso y disfrute de cualquier persona que acredite la tarjeta. Asimismo, en algunos municipios existe la posibilidad de requerir una plaza de aparcamiento personalizada con tu matrícula.
- La tarjeta podrá ser utilizada en cualquier vehículo siempre que el beneficiario de la misma viaje en él.
FAQS SOBRE TARJETA DE MOVILIDAD REDUCIDA
Para obtener la tarjeta de movilidad reducida debes cumplir alguno de los requisitos mencionados en el capítulo anterior; esto es:
- Discapacidad igual o superior al 33%.
- Baremo de movilidad reducida positivo.
- Agudeza visual igual o inferior a 0’1 o un campo visual disminuido a 10 grados o menos. O estar afiliado a la ONCE.
- Transporte colectivo de personas discapacitadas.
Para solicitar la tarjeta deberás entregar la documentación en el Ayuntamiento de tu ciudad. En algunos casos, el trámite se realiza a través de órganos autonómicos.
En caso de que la solicitud sea denegada recomendamos que contactes con nosotros lo antes posible para que no venzan los plazos.
La tarjeta de estacionamiento permite aparcar en:
- Lugares habilitados para las personas con discapacidad.
- Parada o estacionamiento en las zonas reservadas para carga y descarga, en los términos establecidos por la administración local, siempre que no se ocasionen perjuicios a los peatones o al tráfico.
- Parada en cualquier lugar de la vía, por motivos justificados y por el tiempo indispensable, siempre que no se ocasionen perjuicios a los peatones o al tráfico y de acuerdo con las instrucciones de los agentes de la autoridad.
- Acceso a vías, áreas o espacios urbanos con circulación restringida a residentes siempre que el destino se encuentre en el interior de esa zona.