El pasado 25 de mayo de 2019 la Organización Mundial de la Salud (OMS) incluyó en su catálogo de enfermedades profesionales la patología conocida como "burnout", también llamada "síndrome de estar quemado". Es la primera vez que el desgaste profesional entra en la Clasificación Internacional de Enfermedades y Problemas de Salud Conexos (CIE-11), como un problema asociado al empleo o al desempleo. Su entrada en vigor se ha fijado para el 1 de enero de 2022.
Este trastorno, asociado al estrés crónico en el trabajo, ya figuraba en la anterior edición del catálogo, de 1990, pero en un epígrafe más inconcreto (problemas relacionados con dificultad en el control de la vida).
Se espera que este cambio ayude a dar visibilidad a la dolencia y facilite la gestión de bajas e incapacidades. Además, supone un acicate en materia de estudio y análisis de las medidas de prevención y protección en el ámbito laboral.
QUÉ ES EL BURNOUT
El burnout es un estado de agotamiento físico, emocional y mental estrictamente vinculado al ámbito laboral, motivado por el estrés causado por el trabajo y el estilo de vida. Puede acarrear consecuencias muy graves para quien lo sufre, tanto en el plano físico como en el psicológico.
Dos de los síntomas más característicos son la depresión y la ansiedad, que están detrás de la gran mayoría de las bajas laborales. Aunque al comienzo las manifestaciones y el malestar sólo se ciñen a la esfera laboral, en última instancia llegan a afectar a todas las situaciones, a la vida social y familiar del trabajador quemado.
Las profesiones con gran dosis de responsabilidad e interacción con el cliente (personal sanitario, docente o trabajadores sociales), son más propensas a padecer este síndrome, aunque hay que dejar claro que no es exclusivo de los profesionales que desempeñan su labor de cara al público. Hoy se sabe que está más relacionado con aspectos organizativos y con la capacidad de dar respuesta a los problemas que surgen en el trabajo.
Se estima que el burnout afecta al 10% de los trabajadores, y en sus formas más severas, a entre el 2% y el 5%.
El término "burnout" fue acuñado por primera vez en 1974 por el psicólogo estadounidense Herbert Freudenberger. Por lo general, este trastorno es el resultado de un estrés laboral crónico, y se caracteriza por un estado de agotamiento emocional, una actitud cínica o distante frente al trabajo (despersonalización), y una sensación de ineficacia y de no hacer adecuadamente las tareas. A ello se suma la pérdida de habilidades para la comunicación.
¿QUÉ CAUSA EL BURNOUT?
El caldo de cultivo del síndrome de burnout es un entorno laboral hostil o precario y malas condiciones de trabajo. El empleado que sufre altos niveles de estrés, carga de trabajo excesiva, malas relaciones en el trabajo y ausencia de apoyo en su entorno, poca autonomía o falta de formación para desempeñar las tareas tiene muchas probabilidades de padecer un estrés crónico que acabe provocando el burnout.
En el origen suele haber unas exigencias excesivas que originan tensiones, además de varios factores de riesgo:
- Mala organización: como no salir a la hora o llevarse trabajo a casa.
- Expectativas que no se corresponden con la realidad: si las expectativas respecto a su puesto de trabajo son muy altas y no se cumplen (como aspirar a un ascenso), el trabajador puede sentirse muy frustrado.
- Características personales: aunque no existe un perfil de la persona que puede padecer esta afección, son más propensos los individuos con una baja autoestima y demasiado perfeccionistas.
SÍNTOMAS DEL BURNOUT
Algunos de los síntomas más comunes del síndrome de burnout son:
- Alienación de las actividades relacionadas con el trabajo. Las personas que experimentan burnout ven sus trabajos como cada vez más estresantes y frustrantes, además de no sentirse realizados.
- Síntomas físicos: el estrés crónico puede provocar síntomas físicos, como taquicardia, dolores de cabeza y de estómago o problemas intestinales.
- Agotamiento emocional y mental: sentimiento de agotamiento, fracaso e impotencia, baja autoestima y estado de permanente nerviosismo. En ocasiones también puede desencadenar comportamientos agresivos, impaciencia e irritabilidad.
- Bajo rendimiento: dificultad para concentrarse, insomnio, falta de creatividad y comunicación deficiente. También puede ocasionar absentismo laboral.
SÍNDROME DE BURNOUT Y BAJA LABORAL
El burnout es causa frecuente de baja laboral, dando lugar no sólo a incapacidades temporales, sino también permanentes, en grado de total para la profesión habitual o incluso absoluta.
Ahora bien, la acreditación de los padecimientos, que deben reunir ciertas características, y del nexo causal entre éstos y el entorno de trabajo, son claves para determinar el origen laboral.
En sentencia de 20 de enero de 2005 el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña reconoció una incapacidad permanente absoluta a una profesora que presentaba un cuadro de años de evolución que nunca se había relacionado con el trabajo. El TSJ consideró que existía una verdadera conexión entre el agotamiento profesional y la prestación de servicios en circunstancias que alteraban gravemente la autoestima y la conciencia de la propia dignidad personal, generando ansiedad extrema, sentimientos de incapacidad y culpa.
Asimismo, el Juzgado de lo Social de Sevilla, en fecha 22 de abril de 2003, consideró accidente de trabajo el infarto de miocardio sufrido por un médico afectado de síndrome de burnout.
CUADRO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES
En España se considera enfermedad profesional, a efectos de cobertura, a todas aquellas patologías incluidas en el Cuadro de Enfermedades Profesionales (Real Decreto 1299/2006 de 10 de noviembre).
Rebajando un poco las expectativas, lo cierto es que las enfermedades psicosociales en general, y el burnout en particular, encuentran difícil acomodo en el cuadro, por lo que, a priori, estarían exentas de la acción protectora de la Seguridad Social en cuanto a contingencias profesionales, determinándose normalmente como enfermedad común.
La razón es que a los trastornos mentales, como la depresión o el estrés, se les presupone una etiología mixta, pues raramente se deben una única causa y asimilable al trabajo, a diferencia de las enfermedades profesionales.
Las enfermedades psicosociales derivadas de la carga y organización de trabajo suponen un gran reto en materia preventiva, y merecen una especial consideración por parte del tejido empresarial, legislador y la sociedad en su conjunto.
Con todo, hay que señalar que la jurisprudencia ha avanzado más allá de la legislación vigente a la hora de asimilar estas enfermedades a los accidentes de trabajo, para así dar la mayor de las coberturas, y hay sentencias favorables, como hemos visto.
Lo ideal sería una revisión del Cuadro de Enfermedades Profesionales español, que data del año 2006, en el que a día de hoy no se reconoce ninguna enfermedad originada por los riesgos psicosociales, aun habiendo sido incluidos los trastornos mentales y del comportamiento.
NOVEDADES 2025 SOBRE EL SÍNDROME DE BURNOUT COMO ENFERMEDAD PROFESIONAL
Aunque históricamente no se ha incluido de forma automática en la lista de enfermedades profesionales, en los últimos años ha surgido un debate sobre su reconocimiento, especialmente cuando se puede demostrar una relación directa entre el entorno laboral y el deterioro de la salud del trabajador. En determinados casos y según la legislación vigente, se está avanzando hacia su consideración como enfermedad profesional, lo que permitiría a los afectados acceder a prestaciones y medidas de protección específicas.
- Actualización de criterios diagnósticos: Se han revisado y afinado los protocolos de evaluación para incluir parámetros específicos que identifiquen el burnout vinculado al estrés laboral crónico.
- Digitalización de expedientes: La implementación de plataformas digitales facilita el seguimiento y la tramitación de expedientes, mejorando la transparencia y la gestión de los casos.
- Reconocimiento progresivo en la legislación: En algunos sectores y contextos, se están introduciendo medidas que reconocen formalmente el síndrome de Burnout como una enfermedad profesional, posibilitando el acceso a prestaciones y ayudas.
- Enfoque multidisciplinar: Se fomenta la colaboración entre especialistas en salud mental, médicos del trabajo y juristas para garantizar una valoración integral y justa de cada caso.
- Capacitación y prevención: Se han desarrollado programas de formación y sensibilización dirigidos a empleadores y trabajadores para prevenir el agotamiento profesional y promover entornos laborales más saludables.
Estas novedades reflejan un esfuerzo por adaptar la protección laboral a las realidades actuales, reconociendo de forma más precisa el impacto del estrés crónico y facilitando el acceso a recursos y protecciones para los trabajadores afectados.
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Revisado jurídicamente por Sofía Cabeza Fernández

Directora de Análisis de Viabilidad de Fidelitis.
Número de colegiada: 132309 ICAM