¿Estás pensando en solicitar una discapacidad o una incapacidad permanente? Si es así, necesitarás disponer de unos informes médicos que acrediten el diagnóstico de tu enfermedad, la sintomatología y las secuelas que padeces, el tratamiento que has recibido y las limitaciones anatómicas y funcionales derivadas que te impiden seguir trabajando o que te dificultan la realización de los actos rutinarios de la vida. En este artículo te vamos a explicar todo lo que debes saber para obtener el reconocimiento de una incapacidad permanente o de una discapacidad en cualquiera de sus grados.
Lo primero que debes tener claro es que un informe médico es mucho más que un simple diagnóstico clínico. Al menos debería constar de los siguientes epígrafes:
- Datos personales del paciente.
- Fecha y registro del hospital o centro médico.
- Antecedentes médicos.
- Diagnóstico clínico.
- Intervenciones y pruebas realizadas.
- Seguimiento médico.
- Tratamientos recibidos.
- Limitaciones anatómicas, psicológicas y funcionales.
- Necesidad de ayuda de tercera persona.
Por ley tienes derecho a conocer y acceder a tus informes médicos, puesto que el hospital o el centro de salud están obligados a facilitártelos.
INFORMES MÉDICOS PARA UNA INCAPACIDAD PERMANENTE
Si has agotado el tiempo máximo de incapacidad temporal (los 12 meses prorrogables otros 6 meses más) e inspección médica te ha citado para que pases revisión para el posible reconocimiento de una incapacidad permanente ante el EVI (Equipo de Valoración de Incapacidades), o si tú mismo la has solicitado en vía administrativa y/o judicial (también puede ser una revisión de grado de discapacidad por agravamiento), vas a necesitar unos informes médicos sólidos y contundentes que demuestren sin ambages la manera en que dichas limitaciones te incapacitan para seguir desarrollando tu actividad profesional o cualquier otro trabajo.
Puesto que el médico evaluador del Tribunal Médico no es un especialista en tu patología, te conviene presentarle todos los informes médicos de que dispongas actualizados y ordenados desde su diagnóstico inicial hasta el momento actual.
Para tener una mayor garantía de éxito, hay una serie de aspectos que deberían verse reflejados en la documentación médica que vayas a aportar:
- Las distintas enfermedades que padeces (por ejemplo, una patología múltiple o sistémica aumentará las probabilidades de que te concedan un grado superior de incapacidad o un porcentaje mayor de discapacidad).
- La cronificación de dichas patologías.
- Haber agotado todas las posibilidades terapéuticas y/o quirúrgicas sin mejoría.
- Que sólo existan tratamientos paliativos, pero no curativos.
Cuando se trata de solicitar una incapacidad, el informe médico que tiene más peso es el del especialista de la Seguridad Social. Aunque también provenga de la Sanidad Pública, el de tu médico de cabecera no tiene la misma validez legal.
Dada la importancia de los informes médicos, recomendamos que antes de acudir a los especialistas hables con un abogado experto en la materia para conocer qué aspectos concretos de tu enfermedad pueden ser trascendentales para el reconocimiento de la incapacidad, ya que una misma patología en dos personas distintas y en trabajos diferentes hay que tratarlos de forma también distinta y personalizada.
Si has recibido atención médica en una clínica o consulta privada, dichos informes también te servirán como medio de prueba, aunque el tratamiento deberá haber sido continuado en el tiempo.
Los médicos especialistas de la Seguridad Social o de clínicas u hospitales privados no están facultados para reconocer el derecho a una pensión de incapacidad permanente, ya que esto es competencia exclusiva del INSS a través de los médicos evaluadores del EVI.
Con todo, los médicos especialistas que te han tratado (cirujanos, traumatólogos, odontólogos, psiquiatras, oftalmólogos, etc.) sí pueden redactar informes médicos que atestigüen tu estado de salud registrando en ellos todo tu historial clínico: cirugías realizadas y pendientes, posibilidades terapéuticas o rehabilitadoras, secuelas permanentes, dolencias crónicas, etc.
Para una buena defensa en los tribunales, desde Fidelitis siempre te aconsejamos, además de buscar el asesoramiento de un abogado experto en incapacidad laboral que te guíe durante todo el proceso, contar con un perito judicial que te realice un peritaje médico y que defienda ante el magistrado su dictamen pericial, algo que aumentará tus probabilidades de éxito. Aquí puedes ver cómo es por dentro un juicio contra la Seguridad Social por incapacidad. En Fidelitis te ofrecemos ambos servicios, lo que representa una gran ventaja, puesto que el abogado y el perito trabajarán de forma coordinada en defensa de tus intereses.
INFORMES MÉDICOS PARA UNA DISCAPACIDAD
En el caso de la discapacidad, serán los EVO (Equipos de Valoración y Orientación) u organismo análogo de cada Comunidad Autónoma, los que valoren tu grado en función de cómo afectan a tu vida cotidiana las patologías pasadas y presentes sin importar el momento en el que las padeciste. Los EVO son un equipo multidisciplinar integrado por profesionales de la salud como médicos y psicólogos y asistentes sociales.
El grado de discapacidad consiste en un porcentaje que evalúa las deficiencias físicas, psíquicas, intelectuales o sensoriales de una persona, además de otros factores sociales complementarios como el entorno familiar, la situación laboral o la formación académica o cultural que puedan dificultar su integración social.
El porcentaje mínimo para obtener el certificado de discapacidad es el 33%. Con este certificado podrás beneficiarte de diferentes ayudas de las administraciones públicas, llegando incluso a la exención en determinados impuestos. Un grado de discapacidad del 65% o más te da acceso a pensiones no contributivas, mientras que si llega al 75% se considera discapacidad cualificada o gran discapacidad, siempre que exista dependencia y necesidad de ayuda de una tercera persona para los actos básicos de la vida diaria.
¿Qué grado de discapacidad tiene una incapacidad permanente total o absoluta?
Todos aquellos trabajadores con una incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez disfrutarán, asimismo, de un grado de discapacidad mínimo del 33%. Esto es, al menos, lo que dicta el artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1/2013 sobre la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
Sin embargo, en la práctica esto no siempre funciona así. Aunque tengas concedida una incapacidad permanente, deberás solicitar el reconocimiento de un grado de discapacidad para asegurarte de que realmente lo tienes.
Si albergas dudas o necesitas ayuda con los informes médicos que debes presentar para solicitar una discapacidad o una incapacidad permanente y asegurar una pensión vitalicia, en Fidelitis nos comprometemos a poner todos los medios a nuestro alcance y nuestra experiencia tu disposición.