El síndrome de sensibilidad central (SSC) engloba un conjunto de enfermedades crónicas que comparten una característica común: la hipersensibilidad del sistema nervioso central frente a estímulos que normalmente no deberían producir dolor o malestar. Entre las patologías más comunes se encuentran la fibromialgia, el síndrome de fatiga crónica (EM/SFC) y la sensibilidad química múltiple (SQM).
Estas enfermedades, aunque no siempre visibles desde el punto de vista clínico, pueden llegar a ser altamente incapacitantes, impidiendo a quienes las padecen mantener una actividad laboral continuada. Por ello, sí es posible obtener una pensión de incapacidad permanente por este motivo, aunque no siempre es un camino fácil.
En este artículo te explicamos cuándo y cómo puede reconocerse la incapacidad permanente por síndrome de sensibilidad central, qué requisitos hay que cumplir y qué criterios suele seguir el INSS o los tribunales.
¿QUÉ ES EL SÍNDROME DE SENSIBILIDAD CENTRAL?
El SSC es un conjunto de trastornos caracterizados por una respuesta anormal del sistema nervioso central a estímulos sensoriales. Los pacientes experimentan dolor, fatiga, alteraciones cognitivas y una sensibilidad extrema frente a factores como el ruido, la luz, olores o sustancias químicas, sin que existan lesiones objetivables en muchas pruebas médicas convencionales.
En España, el SSC no está tipificado como una enfermedad única en la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE), pero sí se reconocen individualmente varias patologías asociadas:
- Fibromialgia.
- Síndrome de fatiga crónica o encefalomielitis miálgica (EM/SFC).
- Sensibilidad química múltiple (SQM).
- Síndrome de intestino irritable funcional.
- Síndrome de piernas inquietas, entre otros.
Estas enfermedades comparten mecanismos neurológicos y afectan de forma multisistémica, provocando síntomas persistentes, muchas veces invalidantes.
¿ES POSIBLE OBTENER UNA INCAPACIDAD PERMANENTE POR SSC?
Sí. Aunque el diagnóstico del SSC no garantiza por sí solo el reconocimiento de una incapacidad, los tribunales y el INSS han reconocido pensiones de incapacidad permanente en casos en los que se acredita que los síntomas:
- Son persistentes y no responden a tratamiento.
- Limitan de forma grave y continua la capacidad para trabajar.
- Impiden mantener un ritmo laboral sostenido, con jornadas completas o tareas que requieran esfuerzo físico o concentración mantenida.
No se trata, por tanto, de acreditar la enfermedad en sí, sino su impacto real en la capacidad funcional del paciente.
¿CUÁNDO SE PUEDE RECONOCER LA INCAPACIDAD PERMANENTE?
El reconocimiento dependerá de varios factores clave:
1. Gravedad y persistencia de los síntomas
El SSC puede tener una expresión clínica variable. El INSS o el juez valorarán si los síntomas:
- Se mantienen en el tiempo (al menos 12 meses o más).
- Generan dolor generalizado, fatiga extrema o hipersensibilidad constante.
- Causan alteraciones cognitivas relevantes (dificultad para concentrarse, fallos de memoria, etc.).
- Imposibilitan tareas físicas, manuales o mentales exigentes.
2. Ineficacia del tratamiento
Debe demostrarse que el paciente ha seguido los tratamientos recomendados (farmacológicos, rehabilitadores, psicológicos) sin obtener una mejoría funcional significativa.
Los informes médicos deben reflejar el carácter refractario del cuadro clínico.
3. Imposibilidad de desempeñar el trabajo habitual
Es necesario demostrar que los síntomas impiden al paciente realizar las tareas propias de su profesión, especialmente si requieren esfuerzo físico, contacto con agentes químicos, atención prolongada, estrés o exposición ambiental.
Por ejemplo:
- Un paciente con SQM no puede trabajar en oficinas con productos de limpieza o perfumes.
- Una persona con fibromialgia avanzada puede no tolerar tareas repetitivas o turnos prolongados.
4. Edad, historial laboral y formación
También se tiene en cuenta si el paciente podría adaptarse a otro empleo o si, por su edad, formación o deterioro, se encuentra en una situación de difícil reinserción laboral.
¿QUÉ GRADOS DE INCAPACIDAD PUEDEN RECONOCERSE?
Dependiendo del impacto de la enfermedad, pueden reconocerse distintos grados:
Incapacidad Permanente Total (IPT)
- Cuando la persona no puede realizar su trabajo habitual, pero sí otras profesiones.
- Por ejemplo: un auxiliar de enfermería con fibromialgia que no puede levantar peso, pero podría realizar trabajos más sedentarios (si es viable).
IPT cualificada (con incremento del 20 %)
- Se aplica a mayores de 55 años con dificultades para ser recolocados en el mercado laboral.
- Muy frecuente en pacientes con SSC que han quedado fuera del sistema laboral y sin posibilidad de reconversión.
Incapacidad Permanente Absoluta (IPA)
- Cuando el síndrome impide el ejercicio de cualquier profesión u oficio, por intensidad de los síntomas, fatiga severa o imposibilidad de mantener jornadas mínimas.
- Requiere acreditar una afectación generalizada y persistente.
¿QUÉ PRUEBAS Y DOCUMENTOS SON NECESARIOS?
Aunque muchas pruebas convencionales no detectan alteraciones en los pacientes con SSC, es posible acreditar la limitación funcional con documentación bien orientada. Es fundamental presentar:
- Informes de reumatología, neurología, medicina interna o unidades del dolor.
- Informes de salud mental si hay afectación emocional asociada (ansiedad, depresión reactiva).
- Valoraciones neuropsicológicas en caso de afectación cognitiva.
- Informes de médico de cabecera con seguimiento continuado.
- Informe pericial médico que relacione los síntomas con la limitación laboral.
- Parte de urgencias, informes de rehabilitación, pautas farmacológicas prolongadas.
- Historia laboral, partes de absentismo, despidos o cambios de puesto.
La clave está en mostrar una historia clínica coherente, bien documentada y centrada en cómo la enfermedad afecta al trabajo, no solo en el diagnóstico.
¿QUÉ DICEN LOS TRIBUNALES SOBRE EL SSC?
La jurisprudencia en España ha reconocido en múltiples ocasiones el derecho a una pensión de incapacidad permanente por enfermedades englobadas en el SSC. Algunos criterios que se repiten en las sentencias:
- Se reconoce la validez de los informes clínicos, incluso cuando no hay marcadores objetivos.
- Se valora la credibilidad del relato clínico, la coherencia entre los síntomas y el impacto funcional.
- Se tiene en cuenta el fracaso terapéutico y la evolución prolongada.
- En algunos casos, el tribunal médico del INSS ha sido corregido por los jueces por infravalorar la afectación real.
Por tanto, si el INSS deniega la incapacidad, es posible recurrir y acudir a la vía judicial con buenas perspectivas, siempre que el expediente esté bien fundamentado.
En conclusión, el síndrome de sensibilidad central puede ser altamente incapacitante, aunque no siempre se refleje en análisis o pruebas. Si sus síntomas son persistentes, afectan gravemente a la vida laboral y no responden al tratamiento, es posible solicitar y obtener una pensión de incapacidad permanente.
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Revisado jurídicamente por Sofía Cabeza Fernández

Directora de Análisis de Viabilidad de Fidelitis.
Número de colegiada: 132309 ICAM