Ayudas y subvenciones a la accesibilidad para viviendas

Ayudas y subvenciones a la accesibilidad para viviendas

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó el pasado 19 de octubre las subvenciones al programa de mejora de la accesibilidad a las viviendas para el año 2022, por el que se regula el Bono alquiler joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022/2025.

¿A QUÉ ESTÁN DESTINADAS ESTAS AYUDAS?

Los objetivos de estas ayudas son facilitar:

  • La accesibilidad, tanto en el medio urbano como en el rural, a las viviendas, con especial atención a las personas con discapacidad.
  • El disfrute de las viviendas a todos los ciudadanos sin obstáculos físicos y/o sensoriales.

¿QUÉ OBRAS SON OBJETO DE SUBVENCIÓN?

Se subvencionarán obras para la:

  • Instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad.
  • Accesibilidad universal en el interior de las viviendas (vías de circulación, baños y cocinas).
  • Elementos de apoyo, control, información y aviso (domótica, señales luminosas/sonoras).
  • Mejora de las condiciones DB-SUA.

Más información sobre la eliminación de barreras arquitectónicas en Comunidades de propietarios.

¿QUIÉN PUEDE ACOGERSE A ESTAS AYUDAS?

Podrán beneficiarse de estas ayudas:

  • Comunidades de Propietarios y agrupaciones.
  • Propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares.
  • Propietarios o usufructuarios de viviendas incluidas en un edificio de tipología residencial de vivienda colectiva.
  • Propietarios o usufructuarios únicos de edificios de viviendas.
  • Sociedades cooperativas.
  • Administraciones públicas.
  • Empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de edificios.

Además de la antigüedad del inmueble y del número de viviendas del edificio, se tendrá en cuenta si hay residentes con un mayor grado de discapacidad o con un baremo de movilidad positivo de cara a determinar el orden de los expedientes presentados.

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS EXIGIDOS?

Para poder beneficiarse de estas ayudas los edificios y viviendas deberán:

  • Estar finalizados antes de 2006.
  • Que el 50% de la superficie construida tenga uso residencial de vivienda.
  • Que el 30% de las viviendas sean el domicilio habitual, salvo excepciones.
  • Contar con Informe de Evaluación del Edificio (IEE), con fecha anterior a la solicitud de la subvención presentado en el Ayuntamiento correspondiente (en edificios).
  • Acuerdo de la Comunidad de Propietarios.
  • Proyecto de Ejecución/Memoria técnica.
  • Autorización/es administrativa/s correspondientes.

Además, las obras deberán estar iniciadas con posterioridad al 1 de enero de 2022 y el plazo máximo para terminarlas será:

  • En viviendas unifamiliares o ubicadas en edificio residencial: 12 meses contados desde la concesión de la ayuda.
  • En edificios: 24 meses contados desde la concesión de la ayuda.

¿A CUÁNTO ASCIENDE EL IMPORTE?

El importe del presupuesto destinado a financiar esta convocatoria asciende a una cuantía total de 26.500.000 euros.

El importe de la ayuda es de:

  • 12.500 euros por vivienda para actuaciones en viviendas unifamiliares.
  • 9.000 euros por vivienda y 90 euros por m2 de superficie construida de local comercial u otros usos compatibles, cuando se solicite para actuaciones en edificios de tipología residencial colectiva.
  • 6.000 euros por vivienda cuando se solicita para actuaciones en viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva.

Con un máximo del 60% del coste de la actuación, y con posibilidad de incremento de 3.000 euros más por vivienda en edificios o viviendas declaradas Bien de Interés Cultural, catalogados o que cuenten con algún nivel de protección según la legislación de protección del Patrimonio Histórico/Arquitectónico vigente.

¿CUÁL ES EL PLAZO DE PRESENTACIÓN?

El plazo de presentación de solicitudes a estas ayudas comienza el día 25 de octubre de 2022 y finaliza el día 31 de enero de 2023, ambos inclusive. Más información en la web de la Comunidad de Madrid.

Si estás pensando en solicitar estas ayudas a la accesibilidad de la vivienda y crees que cumples los requisitos, desde Fidelitis, abogados expertos en discapacidad, podemos orientarte y ayudarte con la documentación que debes presentar para hacerte más fácil el trámite.

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