Cuánto se cobra por Incapacidad Permanente Total a partir de 60 años

¿Cuánto se cobra de pensión mínima por Incapacidad Permanente Total a partir de 60 años?

La incapacidad permanente total (IPT) es una condición en la que un trabajador queda incapacitado para realizar su profesión habitual debido a una enfermedad o accidente. A partir de los 60 años, las condiciones y la cuantía de las pensiones pueden variar significativamente.

En este artículo, desde Fidelitis, despacho de abogados especialistas en incapacidad permanente, exploraremos cuánto se cobra de pensión mínima de IPT a partir de los 60 años y los factores que influyen en su cálculo.

INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL: DEFINICIÓN Y REQUISITOS

Definición

La incapacidad permanente total se refiere a la situación en la que un trabajador no puede desempeñar las tareas fundamentales de su profesión habitual, aunque puede dedicarse a otra distinta.

Este tipo de incapacidad puede derivarse de enfermedades comunes, accidentes no laborales, enfermedades profesionales o accidentes laborales.

Requisitos para Obtener la IPT

Para obtener la incapacidad permanente total, es necesario cumplir ciertos requisitos:

  • Estado de incapacidad: Reconocido por los servicios médicos del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
  • Cotización: Se requieren diferentes períodos de cotización dependiendo de la edad y el motivo de la incapacidad. Para mayores de 31 años, generalmente se exige haber cotizado un cuarto del tiempo transcurrido entre los 20 años y la edad en la que se produce la incapacidad.

PENSIÓN MÍNIMA DE INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL A PARTIR DE LOS 60 AÑOS

Montos de la pensión mínima

A partir de los 60 años, la pensión mínima por incapacidad permanente total varía según las circunstancias personales del beneficiario:

De 60 a 64 años:

  • Beneficiario con cónyuge a cargo: 905,90 € mensuales (12.682,60 € anuales) para personas de entre 60 y 64 años.
  • Beneficiario sin cónyuge (unidad económica unipersonal): 732,60 € mensuales (10.256,40 € anuales).
  • Beneficiario con cónyuge no a cargo: 692,50 € mensuales (9.695 € anuales) para personas de entre 60 y 64 años.

A partir de 65 años:

  • Beneficiario con cónyuge a cargo: 966,20 € mensuales (13.526,80 € anuales).
  • Beneficiario sin cónyuge (unidad económica unipersonal): 783,10 € mensuales.
  • Beneficiario con cónyuge no a cargo: 743,30 € mensuales (10.406,20 € anuales).

Base reguladora y cálculo de la pensión

La base reguladora de la pensión por incapacidad permanente total se calcula de forma diferente según el origen de la incapacidad:

Enfermedad común:

  • Se suman las bases de cotización del trabajador durante los 96 meses (8 años) inmediatamente anteriores al hecho causante de la pensión.
  • Se divide la suma total por 112.
  • Se actualizan todas las bases de cotización según el Índice de Precios al Consumo (IPC), excepto las últimas 24 bases.
  • Se integran las lagunas de cotización según la normativa vigente.

Accidente de trabajo o enfermedad profesional:

  • Se suman los salarios del año anterior al hecho causante de la pensión.
  • Se divide la suma total por 12.

Cálculo de la pensión:

Una vez obtenida la base reguladora, se le aplica el siguiente porcentaje según el grado de incapacidad permanente:

  • Incapacidad permanente total: 55% de la base reguladora.
    • A partir de los 55 años: Se puede incrementar un 20% si se cumplen determinados requisitos, como la dificultad de obtener un empleo en una actividad distinta a la habitual. Este incremento se conoce como incapacidad permanente total cualificada.

Ejemplo de cálculo:

Supongamos que un trabajador tiene una base de cotización media de 1,500 euros mensuales durante los últimos 8 años:

  1. Cálculo de la base reguladora:
  • Bases de cotización de los últimos 96 meses: 1,500 euros x 96 = 144,000 euros.
  • Dividido por 112: 144,000 euros / 112 = 1,285.71 euros.
  1. Aplicación del porcentaje:
  • Si se aplica el 55%, la pensión mensual sería: 1,285.71 euros x 55% = 707.14 euros.
  • Si se aplica el 75% debido a la edad y dificultad para encontrar empleo: 1,285.71 euros x 75% = 964.28 euros.

FACTORES QUE PUEDEN AUMENTAR LA PENSIÓN

Complemento por mínimos

Si la pensión calculada es inferior a los mínimos legales establecidos, se aplica un complemento por mínimos para asegurar que el beneficiario reciba al menos la pensión mínima establecida.

COMPATIBILIDAD CON EL TRABAJO

Trabajos compatibles

Una de las características de la incapacidad permanente total es que permite al trabajador realizar otras actividades laborales diferentes a la profesión habitual, siempre y cuando la nueva actividad sea compatible con su estado de salud.

Requisitos y limitaciones

Para trabajar mientras se percibe una pensión de IPT, se deben cumplir ciertos requisitos:

  • Nueva actividad: Debe ser compatible con el estado de salud del trabajador.
  • Comunicación a la Seguridad Social: Es recomendable informar a la Seguridad Social sobre la intención de realizar una nueva actividad laboral.

 

PROCESO DE SOLICITUD Y REVISIÓN

Solicitud de Incapacidad Permanente Total

El proceso de solicitud de la IPT implica varios pasos:

  • Informe médico: Obtener un informe detallado de un médico especialista que confirme la incapacidad para realizar la profesión habitual.
  • Documentación: Recopilar toda la documentación médica y laboral relevante.
  • Presentación de la solicitud: Presentar la solicitud ante el INSS junto con toda la documentación.
  • Evaluación del INSS: El Tribunal Médico realizará una evaluación médica y administrativa para determinar si se concede la incapacidad.

Revisión de la incapacidad

La incapacidad permanente total puede estar sujeta a revisiones periódicas por parte del INSS para evaluar si la condición del trabajador ha mejorado o empeorado, lo que puede afectar la continuidad y el monto de la pensión.

BENEFICIOS ADICIONALES

Beneficios fiscales

Los beneficiarios de una pensión por incapacidad permanente total pueden acceder a ciertos beneficios fiscales, como deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Es importante consultar con un asesor fiscal para optimizar estos beneficios.

Ayudas adicionales

Existen diversas ayudas adicionales a las que pueden acceder los beneficiarios de una pensión de IPT, como subvenciones para la adaptación del hogar, ayudas para la movilidad y programas de integración laboral.

RECOMENDACIONES Y CONSEJOS

Consulta con un especialista

Antes de iniciar el proceso de solicitud de incapacidad permanente total, es altamente recomendable consultar con un abogado especialista en Seguridad Social y pensiones.

En Fidelitis ofrecemos asesoramiento personalizado para maximizar las posibilidades de éxito en la solicitud.

Mantén actualizada tu documentación

Es fundamental mantener toda la documentación médica y laboral actualizada y bien organizada. Esto facilita el proceso de solicitud y cualquier revisión futura que pueda llevar a cabo el INSS.

Conoce tus derechos

Estar bien informado sobre tus derechos como trabajador con incapacidad permanente total es clave para asegurar que recibes todas las prestaciones y beneficios a los que tienes derecho. No dudes en buscar asesoramiento legal para clarificar cualquier duda.

En conclusión, la incapacidad permanente total a partir de los 60 años es una situación que puede proporcionar una seguridad económica importante para aquellos trabajadores que no pueden seguir desempeñando su profesión habitual. Entender los requisitos, el proceso de solicitud y los beneficios asociados es crucial para aprovechar al máximo las prestaciones disponibles.

En Fidelitis estamos comprometidos en proporcionar el mejor asesoramiento y apoyo legal a nuestros clientes. Si necesitas orientación sobre cómo obtener la IPT o cualquier otro tema relacionado, no dudes en contactarnos. Nuestro equipo de abogados especializados en incapacidad permanente está aquí para ayudarte en cada paso del camino. Y recuerda, trabajamos a éxito; es decir, sólo cobramos si ganamos.

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