El baremo de movilidad evalúa el grado de capacidad motriz que tiene una persona con discapacidad a través de una puntuación que, mediante unos parámetros objetivos, determina la Administración. Este baremo de movilidad es necesario para adquirir el certificado de discapacidad, que permite a las personas con discapacidad beneficiarse de las prestaciones tanto locales, como autonómicas o estatales.
Está regulado por el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre (BOE 26 de enero de 2000), de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.
¿QUÉ SIGNIFICA MOVILIDAD REDUCIDA?
Discapacidad y movilidad reducida son dos términos muy parecidos, pero con algunas diferencias.
Una persona con discapacidad es aquella que, por lesión congénita o adquirida, se ve limitada física o mentalmente a realizar las actividades normales que una persona sin discapacidad puede llevar a cabo sin problemas.
Por otra parte, una Persona con Movilidad Reducida (PMR) es aquella cuya movilidad está limitada debido a cualquier discapacidad física (sensorial o de locomoción, permanente o temporal) o mental, a su edad o a cualquier otra causa que necesite una atención especial y la adaptación a sus necesidades.
Dentro de personas con movilidad reducida están las que tienen un grado de discapacidad y también los ancianos; es decir, todo aquel que por cualquier circunstancia presente algún tipo de problema a la hora de moverse sin ayuda externa.
Es por ello que se puede tener movilidad reducida y no necesariamente ser acreedor de una discapacidad.
A efectos normativos, se considera que una persona tiene movilidad reducida cuando se ve afectada por la pérdidas funcionales anatómicas y deformaciones esenciales en un grado superior o igual al 33% o cuando éstas dificultan gravemente el uso de transportes colectivos o graves problemas de deambulación. También tienen derecho a la movilidad reducida las personas con ceguera legal o ceguera total (discapacidad visual).
CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD Y MOVILIDAD REDUCIDA
La Administración pública concede automáticamente el certificado de discapacidad a aquellas personas que utilizan silla de ruedas, que dependen totalmente de bastones para desplazarse o que presentan conductas agresivas o molestas de difícil control a causa de graves deficiencias intelectuales.
Si el solicitante no se encuentra en ninguna de las situaciones anteriores, se procede a realizar un cálculo de su baremo de movilidad teniendo en cuenta una serie de factores a través de los que se valorará la existencia de dificultades de movilidad.
El número o resultado de este baremo debe ser positivo e igual o mayor de 7 para que sea concedido.
¿Cómo se calcula el baremo de movilidad reducida?
Se considerará la existencia de dificultades de movilidad siempre que el presunto beneficiario presente alguna de las siguientes condiciones:
- Usa silla de ruedas.
- Depende absolutamente de dos bastones para deambular.
- Puede deambular, pero presenta conductas agresivas o molestas de difícil control a causa de graves deficiencias intelectuales que dificultan la utilización de medios normalizados de transporte.
Si no se encuentra en ninguna de las situaciones anteriormente descritas, se aplicarán los siguientes apartados, sumando las puntuaciones obtenidas para cada uno de ellos:
No tiene dificultad | Limitación leve | Limitación grave | Limitación muy grave (no puede) | |
---|---|---|---|---|
Deambula en terreno llano | 0 | 1 | 2 | 3 |
Deambula en terreno con obstáculos | 0 | 1 | 2 | 3 |
Sube o baja tramos de escaleras | 0 | 1 | 2 | 3 |
Sobrepasa un escalón de 40 cm. | 0 | 1 | 2 | 3 |
Se sostiene en pie en la plataforma de un medio normalizado de transporte | 0 | 1 | 2 | 3 |
Se considera que una persona tiene dificultades de movilidad cuando obtenga en los apartados un mínimo de 7 puntos.
¿Dónde consta el baremo de movilidad?
El baremo de movilidad aparece reflejado en el certificado de discapacidad, después del grado total de discapacidad reconocido.
La resolución del baremo de movilidad puede dar como resultado un número positivo o negativo que aparecerá junto a una letra (entre paréntesis) y con un añadido de si existe dificultad o no.
Si en tu certificado de discapacidad no aparece el baremo de movilidad es muy probable que fuera tramitado antes de enero de 2000, por lo que deberás dirigirte al Centro Base que te corresponda en función de tu Comunidad Autónoma para que sea valorado.
BENEFICIOS DEL BAREMO DE MOVILIDAD REDUCIDO
Aunque cada Comunidad Autónoma y Ayuntamiento es libre de legislar algunos puntos en materia de políticas sociales y ayudas, la puntuación obtenida en el baremo de movilidad es lo que condiciona positiva o negativamente las subvenciones y ayudas que puedes recibir.
Algunos de los beneficios de tener un baremo de movilidad reducido positivo, igual o superior a 7 son:
- Tarjeta especial de aparcamiento y tarjeta europea.
- Reserva de aparcamiento en zona próxima a tu domicilio. Las plazas de aparcamiento reservadas para personas con discapacidad, pintadas de azul o con una placa distintiva, no son privativas de la persona con movilidad reducida a la que se le conceden. Cualquier persona con discapacidad poseedora de la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida puede aparcar en esa plaza.
- Aplicación del 4% en el IVA a todas las operaciones de entregas, adquisiciones intracomunitarias o importaciones, servicios de reparación o adaptación de vehículos para personas con movilidad reducida, en todos los vehículos destinados al transporte de estas personas, con independencia de quién sea el conductor, siempre que sirva como medio de transporte habitual para personas con discapacidad.
Además, las personas con discapacidad tienen otros beneficios fiscales, en función del grado de discapacidad reconocido.
TARJETA ESPECIAL DE APARCAMIENTO A PMR
Las personas con problemas de movilidad con un baremo declarado tienen derecho a solicitar la tarjeta de estacionamiento. Para poder demostrar que ese vehículo es de una persona con discapacidad (o para que sea transportada cuando, debido a su movilidad reducida, no pueda conducir) se tiene que pedir la Tarjeta Especial de Aparcamiento a PMR.
Algunas de las características de la tarjeta de estacionamiento son:
- Es personal e intransferible, y sólo podrá ser utilizada cuando su titular sea transportado en el vehículo o éste sea conducido por la persona con movilidad reducida titular de la misma.
- Se debe colocar en el parabrisas delantero, de modo que su anverso sea legible desde el exterior del vehículo.
- Será válida para estacionar en los lugares específicamente señalizados al efecto, gratuitamente y sin limitación de horario en las zonas reservadas a carga y descarga y en las zonas de aparcamiento verdes y azules.
- Queda prohibida su utilización en zonas peatonales, andenes o aceras y pasos de peatones, en aquellos lugares en que esté prohibida la parada, en vados o salidas de emergencia y aparcar en doble fila.
Si necesitas que se te reconozca un grado de discapacidad, obtener el certificado o la tarjeta de movilidad de reducida, contamos con los mejores abogados especialistas en discapacidad y estaremos encantados de ayudarte a resolver cualquier duda sobre requisitos legales o beneficios fiscales. En Fidelitis estamos comprometidos con la defensa de los derechos sociolaborales de las personas con discapacidad de toda España, y colaboramos más de 900 instituciones provinciales y nacionales con las que hemos firmado acuerdos.