Cómo saber mi grado de discapacidad

¿Cómo saber mi grado de discapacidad?

Muchas personas aquejadas de enfermedades crónicas, graves o raras con síntomas y secuelas muy incapacitantes nos preguntan a menudo cómo saber el grado de discapacidad que tienen, quién lo valora y qué beneficios tiene obtener el certificado. En este post te vamos a sacar de dudas.

Lo que determina la discapacidad son las distintas afectaciones físicas, psíquicas, intelectuales o sensoriales que impiden o limitan a la persona a la hora de desarrollar las tareas cotidianas y/o domésticas de forma autónoma.

Para valorar el grado de discapacidad se hace una estimación de las actividades básicas de la vida diaria que puede o no realizar dicho individuo, el tiempo empleado en ello o si precisa de la asistencia de una tercera persona.

LOS EQUIPOS DE VALORACIÓN Y ORIENTACIÓN (EVO)

La valoración del grado de discapacidad la realizan los EVO (Equipos de Valoración y Orientación u organismo análogo en cada Comunidad Autónoma), un organismo competente integrado por médicos, psicólogos y trabajadores sociales.

Teniendo en cuenta los informes médicos aportados y la entrevista personal, los EVO determinarán el tipo y grado de discapacidad, las puntuaciones y si es preciso la ayuda de tercera persona, así como las dificultades de movilidad para utilizar los transportes públicos, entre otros criterios.

CÓMO SE CALCULA EL GRADO DE DISCAPACIDAD

Los grados de discapacidad son las distintas posibilidades dentro de una escala sobre el nivel de dificultad de una persona para valerse por sí misma y para su integración social. La discapacidad se valora en grados y porcentajes.

Actividades de la vida diaria (AVD)

Para calcular el grado de discapacidad se evalúan una serie de factores, en función de si la persona es capaz de realizar dichas actividades de la vida diaria (AVD) de forma independiente o si, por el contrario, precisa de ayuda:

  • Comer.
  • Lavarse y bañarse (aseo personal).
  • Arreglarse y vestirse.
  • Controlar los esfínteres (incontinencia urinaria, etc.).
  • Moverse dentro de la casa (si necesita una ayuda mínima, gran ayuda o es dependiente para trasladarse del sofá a la cama).
  • Subir y bajar escaleras.
  • Utilizar medios de transporte.

Las actividades de la vida diaria se dividen en 5 categorías, donde estarían incluidas las mencionadas rutinas:

  1. Autocuidado.
  2. Comunicación.
  3. Actividades físicas.
  4. Actividades funcionales.
  5. Control del sueño.

El Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, es el instrumento legal que regula en el Estado Español la calificación legal de discapacidad (su reconocimiento, declaración y calificación del grado), así como el establecimiento de los baremos aplicables, la determinación de los órganos competentes para realizar dicho reconocimiento y el procedimiento a seguir.

Grados y porcentajes de discapacidad

A partir de este estudio sobre la diversidad funcional se clasifican los distintos grados y porcentajes de discapacidad.

Grados de discapacidad

Grado 1 - Discapacidad nula. La persona puede tener síntomas o secuelas de un accidente o enfermedad, pero no hay dificultad alguna para las actividades de la vida diaria.

Grado 2 - Discapacidad leve. Manifiesta algunas dificultades para las AVD, pero puede realizarlas todas.

Grado 3 - Discapacidad moderada. Disminución importante de la capacidad para realizar las AVD. Sin embargo, puede realizar las tareas de autocuidado.

Grado 4 - Discapacidad grave. Afecta a todas las actividades, incluidas las de autocuidado.

Grado 5 - Discapacidad muy grave o permanente. Manifiesta imposibilidad de realizar las AVD.

Conviene resaltar que para dar derecho al cobro de una pensión o ayuda económica dicho grado debe ser certificado por organismos de la Administración Pública.

Porcentajes de discapacidad

  • Discapacidad 0% o nula.
  • Discapacidad del 1 al 24%: coindice con la discapacidad leve.
  • Discapacidad del 25 al 49%: coincide con la discapacidad moderada. Según la Ley 51/2003, se considera discapacitada una persona que acredite un grado de discapacidad igual o superior al 33%. No obstante, no representa ninguna prestación económica.
  • Discapacidad del 50 al 70%: coincide con el grado 4 de discapacidad grave. Si la valoración no alcanza el 65% de incapacidad, la persona puede gozar de algunos beneficios fiscales y económicos, pero no de prestaciones económicas. Si supera ese porcentaje, puede tener acceso a una pensión no contributiva.
  • Discapacidad igual o mayor al 75%: es considerada una discapacidad cualificada o gran discapacidad, lo que aumenta considerablemente la cuantía de la pensión.

CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD

Todas las personas que presenten alguna limitación o deficiencia para el desarrollo de sus actividades de la vida diaria pueden solicitar el Certificado de Discapacidad. Este documento da acceso a determinados beneficios económicos y sociales que varían en función del grado de discapacidad y en algunos casos de la legislación propia de cada Comunidad Autónoma.

Entre otros beneficios, permite disfrutar de:

  • Ahorros fiscales en la retención del IRPF.
  • Acceso a puestos de trabajo reservados a personas con discapacidad.
  • Asistencia sanitaria y prestación farmacéutica.
  • Subsidio de movilidad y compensación para gastos de transporte.
  • Prestaciones familiares: asignación económica por hijo o menor con discapacidad acogido a cargo, o mayores de 18 años con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
  • Tratamientos rehabilitadores y de apoyo.
  • Acceso a viviendas de protección oficial.
  • Ampliación del período de descanso por maternidad en los supuestos de discapacidad del hijo o menor acogido.
  • Necesidad de ayuda de terceras personas para desplazamiento a lugar de trabajo, movilidad reducida, necesidad de vivienda adaptada, etc.
  • Tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
  • Jubilación anticipada por coeficientes reductores.
  • Reducción de jornada remunerada por cuidado de hijo con discapacidad.

BAREMO DE MOVILIDAD

Este baremo está relacionado, pero es distinto al grado de discapacidad, ya que valora única y exclusivamente la capacidad motora. Se considera que una persona tiene movilidad reducida cuando se ve afectada por la pérdidas funcionales anatómicas y deformaciones esenciales en un grado superior o igual al 33%, o cuando éstas dificultan gravemente el uso de transportes colectivos o le causan graves problemas de deambulación.

La Administración pública concede automáticamente el certificado de discapacidad a aquellas personas que utilizan silla de ruedas o que dependen totalmente de bastones para desplazarse o que presentan conductas agresivas o molestas de difícil control a causa de graves deficiencias intelectuales.

Si no se encuentra en ninguno de esos supuestos, se valorará la dificultad para:

  • Deambular por un terreno llano.
  • Deambular en terreno con obstáculos.
  • Subir o bajar un tramo de escaleras.
  • Sobrepasar un escalón de 40 cm.
  • Sostenerse en pie en una plataforma de un medio normalizado de transporte.

Sumando las puntuaciones obtenidas.

Si el baremo de movilidad es positivo, el usuario puede beneficiarse de varias ayudas, como disponer de la tarjeta de estacionamiento o ventajas para la adaptación del vehículo, entre otras.

Si quieres obtener el certificado de discapacidad y saber si tienes derecho a beneficios económicos y sociales, en Fidelitis somos abogados especialistas en discapacidad y estaremos encantados de asesorarte y de realizar los trámites necesarios para que tu vida sea lo más fácil y cómoda posible.

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